Desde el pasado 23 de octubre de 2020, se conoce el acuerdo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid para aprobar las normas reguladoras y el proceso para la concesión directa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en Pymes de la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, en el ámbito de sus competencias, pone en marcha un nuevo programa de ayudas dirigido a las Pymes de la región con el fin de impulsar la implantación de sistemas voluntarios de gestión integrados en el ámbito empresarial, apoyando así las iniciativas que permitan a las empresas modernizar, innovar y mejorar sus procesos de negocio y estructuras empresariales

Plazos y tramitación

Inicio: 24 de octubre 2020 | Fin: 30 de abril de 2023

Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles. El agotamiento de dichos fondos será comunicado a través de http://www.comunidad.madrid  

Para su concesión se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes, considerando como fecha de presentación aquella en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida.

Beneficiarios

  • Pymes que dispongan de al menos un centro de trabajo de la Comunidad de Madrid.
  • Empresas que tengan consideración legal de PYME con menos de 250 trabajadores.
  • Volumen de negocio inferior de 50 millones de euros.
  • Balance general anual inferior de 43 millones de euros.

Excepciones en los ámbitos subvencionables

  • Únicamente podrán beneficiarse de la subvención en ISO 9001, ISO 14001, EMAS, ISO 27001, ISO 22000 las empresas que desarrollen alguna actividad entre los siguientes códigos (CNAE):
    • Sección B: Industrias extractivas. CNAE del 05 al 09.
    • Sección C: Industria manufacturera. CNAE del 10 al 33.
    • Sección D: Suministro de energía eléctrica, gas, valor y aire acondicionado. CNAE 35.
    • Sección G: Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos. Exclusivamente CNAE 45.2 y CNAE 45.4.
    • Sección H: Transporte y almacenamiento. División CNAE 52. Excluido el código CNAE 52.24.
    • Sección M: Actividades profesionales, científicas y técnicas. Divisiones CNAE 71 y 72.
  • Únicamente podrán beneficiarse de la subvención en ISO 45001 aquellas Pymes con trabajos en minas, canteras y túneles que exijan de aplicación técnica minera, así como todas aquellas que utilicen explosivos.
  • No podrán acceder a la subvención en ISO 50001 aquellas empresas cuya clasificación en el CNAE se encuentre entre los siguientes códigos:
    • CNAE del 07 al 11.
    • CNAE del 13 al 33.
    • CNAE del 35 al 39.

Actuaciones subvencionables

Serán susceptibles de subvención los gastos relacionados con la implantación en centros de trabajo de la Comunidad de Madrid de los siguientes sistemas de gestión para toda la actividad del emplazamiento atendiendo a las excepciones expuestas anteriormente.

  • Sistema de gestión de calidad. UNE-EN ISO 9001.
  • Sistema de gestión ambiental. UNE-EN ISO 14001.
  • Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (EMAS).
  • Sistema de gestión energética. UNE-EN ISO 50001.
  • Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. ISO-45001.
  • Sistema de gestión de la calidad Requisitos para las organizaciones de aviación, espaciales y de defensa. UNE-EN 9100.
  • Sistema de gestión de la calidad. Requisitos para las organizaciones de mantenimiento de la industria aeronáutica. UNE-EN 9110.
  • Sistema de gestión de la calidad. Material aeroespacial. Requisitos para los distribuidores de aviación, espacio y defensa. UNE-EN 9120.
  • Sistema de gestión de la calidad. Requisitos del sistema de gestión de la calidad para organizaciones ferroviarias. UNE-ISO/TS 22163.
  • Aplicaciones ferroviarias. Soldeo de vehículos y de componentes ferroviarios. UNE-EN 15085-2.
  • Sistema de gestión minero-mineralúrgica-metalúrgica sostenible. UNE 22480.
  • Sistema de gestión de la seguridad de la información. UNE-EN ISO/IEC 27001.
  • Sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. UNE-EN ISO 22000.

Serán subvencionables los costes de las siguientes actuaciones:

  1. Los derivados de la contratación de asesoramiento externo para la implantación del sistema de gestión.
  2. Los originados como consecuencia de la realización de la auditoría previa a la implantación del sistema de gestión.
  3. Los realizados para la implantación del sistema de gestión, incluyendo formación, equipos de medida, etc.
  4. Los asociados a la certificación de la norma correspondiente por una entidad externa acreditada.

Cuantías de las ayudas

La cuantía de ayuda concedida será con carácter general del 30% de la inversión subvencionable.

Dicho porcentaje podrá aumentar hasta el 40% para empresas que cumplan las siguientes características:

  • Fundación sin ánimo de lucro.
  • Centro especial de empleo
  • Entes y fundaciones del sector público.
  • Empresas cuyo establecimiento productivo se encuentre en municipios de menos de 2.500 habitantes, según las cifras del INE.

Los límites máximos de la ayuda serán de 10.000 euros por sistema de gestión y 10.000 euros por beneficiario y ejercicio presupuestario.

Las empresas no podrán superar el límite de 200.000 € para el mismo beneficiario durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales

Plazos y efecto del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento, que es de 6 meses desde la solicitud.

Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.

Asesoramiento Sustant

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