Resumen de medidas nueva ley de cambio climático y transición energética

Actualmente se encuentra en proceso de aprobación el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE), que se convertirá en el marco normativo e institucional para la progresiva adecuación e integración de nuestra realidad socioeconómica a las exigencias de la declaración de emergencia climática en nuestro país.

El ejecutivo de Sánchez está realizando esfuerzos por sacar adelante esta ley, la cual será el eje central de ordenación para mitigar los efectos del cambio climático e integrar a los diferentes sectores de la sociedad en la tarea de llevar a cabo una transición ecológica que sea justa a la vez que se produce una efectiva reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

En Sustant nos preguntamos, ¿Quiénes van a verse afectados por esta transición? ¿En qué medida pueden verse afectados?

Ayuntamientos, grandes empresas, pequeñas y medianas empresas, ciudadanía y profesionales del medio ambiente se verán afectados de manera directa o indirecta por esta ley. El objetivo de fondo es reducir la contaminación de las grandes ciudades y disminuir la huella de carbono española de una manera progresiva en función de las posibilidades de cada sector.

Algunas de las principales medidas son:

  • Obligatoriedad de zonas de bajas emisiones. Para Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes y territorios insulares antes de 2023.
  • Más recursos para la lucha contra el cambio climático a nivel presupuestario.
  • Ciertas empresas deberán reportar información sobre los riesgos del cambio climático derivados de sus actividades.
  • Desarrollo y puesta al público de una plataforma de información sobre puntos de recarga para vehículos eléctricos así como obligar a los distribuidores de combustible a incluir estaciones de carga rápida en sus estaciones de mayor facturación.
  • Adaptar la flota de vehículos municipales para convertirla en 0 emisiones antes de 2040.
  • El Código Técnico de Edificación establecerá obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga en edificios de nueva construcción y en intervenciones de edificios existentes.
  • Actualización plan nacional integrado de energía y clima.
  • Modificaciones en las normativas sobre residuos.

De manera paralela, la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética plantea la coordinación con otros planes y leyes ya establecidos:

  • Incluir la Huella de Carbono como un aspecto fundamental de la contratación pública. A través del Plan de Contratación Pública Ecológica (2018-2025) y el Registro de Huella de Carbono, compensación y proyectos de absorción (RD 163/2014)
  • Obligar a las empresas de interés público a reportar información no financiera de carácter ambiental y social sensible. Ley 11/2018 , de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
  • Adaptar las infraestructuras de vivienda y transporte a los nuevos planes de movilidad sostenible.

¿En qué medidas afecta la nueva ley a los diferentes sectores de la sociedad?

¿Cómo afectará a los Ayuntamientos?

Los ayuntamientos más grandes deben ser los primeros en dar pasos hacia delante. En este sentido la creación de zonas de bajas emisiones en las almendras centrales será un requisito legal para los gobiernos locales.

El nuevo borrador consagra como obligación que los municipios de más de 50.000 y los territorios insulares establezcan zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023 y fija que cualquier medida que suponga una regresión de las zonas de bajas emisiones ya existentes deberá contar con el informe previo de las Administraciones estatales o autonómicas competentes en materia de protección del medioambiente.

También como novedad, el anteproyecto indica que dichos municipios y territorios insulares impulsen medidas de movilidad eléctrica compartida.

Como ya hemos visto, esta medida supondrá la restricción a la entrada de los vehículos más contaminantes al centro de las ciudades, incluyendo la monitorización de estas medidas con multas y sistemas de medición de la calidad del aire, los cuales podrán activar protocolos de restricción del tráfico frente a episodios de alta contaminación.

En el ámbito municipal, se han desarrollado varias herramientas de adaptación al cambio climático cuyo perfil está enfocado a la mejora de la gestión municipal tanto de la huella de carbono como de la vulnerabilidad de las infraestructuras frente a los efectos derivados del cambio climático.

Si quieres conocer más sobre la Huella de Carbono, haz click aquí.

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Una herramienta fundamental a la que muchos ayuntamientos han decidido suscribirse es el denominado Pacto de los Alcaldes por el Clima y la Energía (PACES). El PACES es un acuerdo voluntario al que se suscriben los gobiernos locales, que permite desarrollar una estrategia de reducción de emisiones y de adaptación a vulnerabilidades, como parte de una estrategia global a la que ya se han sumado más de 10.000 ciudades de todo el mundo y que engloba a más de 318 millones de habitantes.

Os dejamos un link a un artículo específico donde tratamos en profundidad el PACES.

Pacto de los Alcaldes por el Clima

Otra herramienta de menores dimensiones que ha venido siendo promovida desde el MITECO, es la inclusión de un Registro de Huella de Carbono para ayuntamientos y empresas, donde se facilitan las herramientas para el cálculo de la Huella de Carbono.

Para alcanzar una movilidad sostenible, el anteproyecto mantiene que todas las administraciones deben adoptar medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y de vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2. Se adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluyendo los vehículos matriculados históricos y los no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones de modo que no más tarde de 2040 sean vehículos de emisiones de 0gCO2/km. A tal efecto, se trabajará con el sector y se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, que incluirán medidas de apoyo a la I+D+i.

¿Cómo afectará la nueva Ley de Cambio Climático a las grandes empresas?

El anteproyecto que llegó al Consejo de Ministros en febrero de 2019 establecía que las entidades admitidas a negociación en mercados regulados, entidades de crédito, entidades aseguradoras y reaseguradoras y sociedades por razón de tamaño han de presentar un informe en el que hagan una evaluación del impacto de los riesgos asociados al cambio climático generado por la exposición a éste de su actividad.

El nuevo texto incorpora una obligación al Operador del sistema eléctrico, al Gestor Técnico del sistema gasista y a la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH).  Cada dos años y en el ámbito de sus respectivas competencias, estas entidades deberán elaborar un informe en el que se haga una evaluación de los riesgos y oportunidades asociados a un sistema energético descarbonizado sobre las actividades de la entidad, su estrategia y su planificación financiera.

Asimismo, y de acuerdo con la estrategia de descarbonización a 2050, el Gobierno podrá requerir al operador del mercado, al operador del sistema, al transportista y a los distribuidores la elaboración y presentación de una estrategia de descarbonización en su ámbito de actuación. En ella, se podrán anticipar nuevas soluciones y adaptaciones necesarias en el marco regulatorio.

También se prevé que el sector del transporte marítimo y puertos reduzca paulatinamente sus emisiones, con un objetivo de cero emisiones directas de los buques cuando estén amarrados o fondeados en los puertos de competencia del Estado para el año 2050. Para ello se promoverá, entre otras medidas, la articulación y consolidación de cadenas logísticas sostenibles con origen o destino en puertos, de forma que se reduzcan las emisiones.

De igual modo, se establecerán objetivos anuales de suministro de biocarburantes en el transporte aéreo, con especial énfasis en los de carácter avanzado y los procedentes de fuentes renovables de origen no biológico.

Obligación de reportar información sobre cambio climático.

Dada la influencia que algunas empresas tienen en el mercado y en el conjunto de la sociedad, resultado de sus actividades, en España han sido publicadas un conjunto de leyes y normativas que tienen como fin informar sobre el estado de su compañía con respecto a una serie de aspectos como son los aspectos ambientales, aspectos sociales y de personal, derechos humanos, corrupción y soborno. Aquellas organizaciones que son englobadas bajo estas normativas son denominadas como entidades de interés público.

Con la publicación del Real Decreto-Ley 18/2017, de 24 de noviembre, las empresas con más de 500 empleados y de interés público debían presentar y aprobar información no financiera o relacionada con la Responsabilidad Social Corporativa antes del 30 de marzo de ese año. Esta normativa modificó el Código de Comercio, el texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas.

El estado de información no financiera ha de incluir información significativa sobre:

  1. Cuestiones medioambientales. Contaminación, economía circular, cambio climático.
  2. Cuestiones sociales y relativas al personal. Empleo y diversidad, salud, protocolo de acoso, integración de discapacitados, políticas antidiscriminación, etc.
  3. Derechos humanos. Prevención de riesgos, denuncias, eliminación de trabajo infantil.
  4. Corrupción y soborno. Medidas para prevenir la lucha contra la corrupción y blanqueo.
  5. Compromiso con la comunidad local, políticas ambientales, buen gobierno y consumo responsable, fiscalidad.

En este sentido, son cada vez más las grandes empresas que están desarrollando estrategias de responsabilidad social corporativa, informes de RSC e informes de huella de carbono; bajo diferentes estándares. Lo que parece claro es que las tradicionalmente conocidas como externalidades ambientales y sociales han pasado de ser un concepto marginal a suponer aspectos estratégicos de la organización que repercuten directamente en su competitividad y posición frente a otras empresas de su sector.

En este artículo os dejamos las obligaciones sobre información no financiera para grandes empresas.

¿Cómo afectará la nueva Ley de Cambio Climático a las PYMES?

El anteproyecto de Ley no habla de afecciones directas a las PYMES y por tanto, Las pequeñas y medianas empresas, proveedores de productos y servicios, NO poseen obligaciones directas de reportar información a la administración central en materia de cambio climático.

Sin embargo, para poder trabajar con la administración y también con grandes empresas deberán ser capaces de demostrar aspectos de sostenibilidad y criterios ecológicos que los definan como proveedores aptos.

En este sentido, la administración central y autonómicas así como las grandes empresas, utilizarán la huella de carbono como un criterio más para seleccionar a sus proveedores y subcontratas en concursos.

La administración central ya dio un paso adelante en este sentido publicando el Plan de Contratación Pública Ecológica (2018-2025) y el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.

Este registro, gratuito y voluntario, en el que ya hay más de 1100 empresas que han calculado su huella de carbono, es el nexo de unión con el Plan de Contratación Pública Ecológica en el que se detalla que la huella de carbono se incorpora como un nuevo criterio de contratación pública. El calendario marcado establece que esta inclusión se realizará de manera gradual por cada órgano de contratación, según el siguiente calendario:

huella de carbono en contratación pública
Tomado del Plan de Contratación Pública Ecológica (2018-2025)

¿Cómo afectará la nueva Ley de Cambio Climático a la Ciudadanía en general?

TRANSICIÓN JUSTA

El nuevo borrador mantiene un título exclusivo para medidas de Transición Justa, que define tanto su estrategia nacional como los convenios específicos, y se refuerza la participación de las comunidades autónomas.

Por otro lado, los convenios de transición justa -cuyo objetivo es el fomento de la actividad económica y la mejora de la empleabilidad de los trabajadores en la transición hacia un desarrollo bajo en carbón– podrán incluir el acceso prioritario a una parte o a la totalidad de la capacidad de evacuación eléctrica, así como el derecho prioritario al uso y volumen de agua de aquellas concesiones que queden extinguidas tras el cierre de instalaciones de generación de energía eléctrica con arreglo a lo previsto en el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación.

Para favorecer la expansión del vehículo eléctrico, el Gobierno desarrollará y pondrá a disposición del público una plataforma de información sobre puntos de recarga.

En esta misma línea, el nuevo anteproyecto introduce obligaciones de instalar al menos un punto de recarga rápida —50 kW— en aquellas estaciones de servicio que, por tener un volumen de ventas superior a los 5 millones de litros de gasóleo y gasolina, disponen en principio de mayor capacidad económica y financiera para hacer frente a la inversión requerida. Se trata de un 9% del total de la red de gasolineras.

Las restricciones en la entrada a zonas de bajas emisiones serán abordadas desde planes de movilidad sostenible.

El Código Técnico de Edificación establecerá obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga en edificios de nueva construcción y en intervenciones de edificios existentes; y las nuevas instalaciones de suministro de combustible y carburantes a vehículos, o aquellas que acometan una reforma que requiera revisión de su título administrativo, deberán instalar al menos una infraestructura de recarga eléctrica de potencia igual o superior a 50 kW de corriente continua, con el objeto de que la recarga del vehículo sea rápida.

¿Cómo afectará la nueva Ley de Cambio Climático a los Profesionales del medio ambiente?

Por último, recalcar que estamos observando un amento en la demanda de personal cualificado para abordar estas cuestiones.

Tanto desde las empresas grandes y medianas, como desde la administración pública y los ayuntamientos, se están demandando profesionales cualificados en gestión interna de los aspectos ambientales y la huella de carbono.

Técnicos de medio ambiente y auditores internos capaces de calcular la huella de carbono de una organización pueden repercutir en mejoras de eficiencia energética y e imagen corporativa.

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Pacto de los Alcaldes por el Clima

Información adicional de interés:

Pacto de los Alcaldes por el Clima y la Energía

Plan de Contratación Pública Ecológica (2018-2025)

Registro Oficial de Huella de Carbono del MITECO

Ante Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE)

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